VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA…

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Publican norma que obliga a empleadores a realizar pruebas de tamizaje por Covid-19

Mediante la norma publicada el día de hoy en el diario oficial El Peruano, el Congreso de la República publicó la Ley No º 31246, que modifica la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, para garantizar el derecho de los trabajadores a la seguridad y la salud en su centro de labores ante riesgo epidemiológico y sanitario.

La medida – busca garantizar el bienestar de los trabajadores de los sectores público y privado, indistintamente del régimen laboral que tengan, o de la modalidad, presencial o remota, por la que están desarrollando sus labores.

Vigilancia epidemiológica

La referida Ley – se establece que en el caso de declaración de emergencia sanitaria (como la declarada para evitar la propagación de la Covid-19), el empleador está obligado a ejercer vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria respecto de sus trabajadores con el objetivo de controlar la propagación de las enfermedades transmisibles.

 Para ello, la citada norma obliga a los empleadores a realizar las pruebas de tamizaje necesarias al personal a su cargo, las mismas que deben estar debidamente acreditadas por la Autoridad Nacional de Salud, sin que ello genere un costo o retención salarial de ningún tipo al personal a su cargo.

También se dispone que el empleador deberá proporcionar a sus trabajadores Equipos de Protección Personal (EPP) adecuados, según el tipo de trabajo y riesgos específicos presentes en el desempeño de sus funciones.

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