USURERIA DE LAS EMPRESAS FINANCIERAS LLEGO A SU FIN…

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La SBS-vigilará y supervisará el cumplimiento de las tasas máximas, procediendo a sancionar y denunciar a las entidades financieras que excedan dicho límite.

La SBS sancionará por cobros indebidos en tasas de interés

Ya están notificados. La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) identificará y sancionará a las instituciones del sistema financiero que cobren tasas de interés por encima de los límites establecidos por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).

“Las tasas de interés que cobran las empresas del sistema financiero se señalan libremente, dentro del límite establecido por el Banco Central de Reserva en aplicación del artículo 52 del Decreto Ley 26123, Ley Orgánica del Banco Central de Reserva del Perú”, precisa la nueva disposición.

Según la normativa, será el BCRP quien fije las tasas de intereses máximas y mínimas, en forma semestral, con el propósito de regular el mercado. Esa competencia no se podrá delegar a otra entidad, agrega.

“Las tasas de interés activas máximas fijadas serán exclusivamente para las operaciones de crédito referidas en el literal c) del inciso 3) del artículo 221 de la Ley 26702”.
Delito

Las tasas de interés activas cobradas por encima del límite se considerarán como de usura y tipificarán como un delito, por lo que se aplicará el artículo 214 del Código Penal, aprobado por Decreto Legislativo No 635.

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